Reducción del 70% en intereses por mora en impuestos en Medellín

Mediante el Acuerdo 008 de 2024, los contribuyentes del Distrito de Medellín pueden acceder a la reducción temporal del 70% en la tasa de los intereses generados por el incumplimiento del pago de impuestos como predial, industria y comercio, publicidad exterior, entre otros compromisos tributarios.

Se trata de una reducción significativa que representa una oportunidad de ahorro para los ciudadanos.

Para acceder a este descuento se debe realizar una solicitud antes del 26 de diciembre de 2024 y sin exceder esta fecha para la realización de los pagos.

El descuento no aplica para conceptos no tributarios como multas de tránsito o de policía, arrendamientos y cargas urbanísticas.

Se debe tener en cuenta que el correo desde el cual serán enviadas las respuestas a las solicitudes para acceder al descuento de interés moratorio es: alivio-tributario-noreply@medellin.gov.co.

Para que los contribuyentes puedan beneficiarse deben pagar el total del capital que adeudan y el 30 % restante de los intereses.

Además, pueden acceder a una reducción en la tasa de sanciones impuestas por no declarar industria y comercio pasando del 10 % al 5 %.

Cubiertos por la reducción temporal de la tasa de interés moratorio (70%):

  • Alumbrado Público
  • Avisos y Tableros
  • Circulación y tránsito
  • Contribución Especial por Obra Pública
  • Contribución por Valorización
  • Contribución por Zonas de Estacionamiento
  • Cuota de Fiscalización
  • De Teléfonos
  • Degüello de ganado menor
  • Delineación Urbana
  • Espectáculos Públicos
  • Estampilla para el Bienestar del Adulto Mayor
  • Estampilla para la Justicia Familiar
  • Estampilla Pro Cultura
  • Estampilla Pro Innovación
  • Estampilla Universidad de Antioquia
  • Industria y Comercio (ICA)
  • Participación del Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín en el Impuesto de Vehículos Automotores
  • Participación en Plusvalía
  • Predial Unificado (IPU)
  • Publicidad Exterior y Visual
  • Sobretasa a la gasolina
  • Sobretasa Bomberil
  • Tasa por Estacionamiento
  • Tasa Pro Deporte y Recreación

Ingresos no tributarios: no están cubiertos por la reducción en la tasa de interés moratorio

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